La responsabilidad penal de las personas jurídicas ante el Tribunal Supremo: un análisis sistemático
Con la participación de Íñigo Ortiz de Urbina Gimeno
Íñigo Ortiz de Urbina Gimeno, junto con los profesores Jesús Martín Muñoz y Alejandro Turienzo Fernández, publica en la Revista Electrónica de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas y Compliance (REDEPEC) un análisis sistemático de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, centrándose en cómo se aplica esta figura en la práctica.
INTRODUCCIÓN
El tratamiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas por el Tribunal Supremo ha sido objeto de una ya apenas abarcable atención doctrinal. Esta, como es usual y lógico, se ha centrado en los temas que interesan a los teóricos, y no en el análisis general de la actividad del TS o de otros tribunales. Sin embargo, como parte de la política criminal, la responsabilidad penal de las personas jurídicas (en adelante, RPPJ) ha de evaluarse también desde perspectivas distintas de las que suscitan el interés académico (o de los académicos), entre ellas las de su eficacia y su eficiencia. Y, para ello, es imprescindible saber qué está pasando realmente: cómo se está aplicando la regulación de forma general y no centrada en las resoluciones que más interés teórico puedan despertar.
En esta línea, la contribución que sigue no versa sobre lo que dice el TS acerca de ciertas cuestiones de relevancia teórica, sino que, de forma distinta pero complementaria, se centra en lo que este efectivamente hace, analizando qué cuestiones se le plantean y de qué forma las resuelve, no en uno o varios casos, sino de forma sistemática, estudiando todas las sentencias del TS que se han podido encontrar en las que alguna persona jurídica fue acusada en primera instancia.
Sin perjuicio de una explicación más detallada a lo largo del artículo, de estas sentencias se han estudiado las siguientes variables:
- Número y tipo de personas jurídicas acusadas, condenadas y absueltas.
- Motivo por el que, en su caso, se absolvió a las personas jurídicas.
- Vía de imputación empleada para declarar su responsabilidad penal (letras «a» o «b» del art. 31 bis.1 CP).
- Modelo de RPPJ (auto- o heterorresponsabilidad).
- Clase de delitos por los que fueron hechas responsables las personas jurídicas.
- Tipo e intensidad de las atenuantes concedidas.
- Tipo o tipos de pena finalmente impuesta a las condenadas.
- Responsabilidad civil.
- Tipo y cuantía del decomiso eventualmente acordado.
- Tipo de conformidad entre las acusaciones y las defensas de las personas jurídicas y número de personas jurídicas conformadas.
- Duración de cada proceso (total y entre la sentencia de instancia o apelación y la de casación).