Combustible inesperado en el incendio de la sucesión de responsabilidad penal en M&A
Por Jaime González Gugel
Análisis de la sentencia 179/2023, de 11 de diciembre del Tribunal Constitucional
La red está llena de vídeos sobre cómo no se debe apagar un fuego. Aunque la mayoría de los lectores ya tendrán claro a estas alturas que no siempre las llamas se sofocan con agua, internet revela cómo adultos de todas las partes del globo ignoran conocimientos elementales de la física. Vídeos de sartenes que se convierten en potentes lanzallamas al echar agua sobre el aceite ardiendo o pequeños fuegos domésticos que se propagan a la velocidad del sonido tras abrir una ventana —y con ello aumentar la cantidad de oxígeno— son prueba de ello.
Pues bien, la sentencia 179/2023, de 11 de diciembre del Tribunal Constitucional dictada en el marco de una sanción administrativa por incumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales aviva con dureza un fuego en el ámbito penal que, quienes nos dedicamos a estudiar el art. 130.2 de Código Penal, sabíamos que solo había sido aparentemente estabilizado.
En enero de 2019, los administradores y accionistas del Banco Santander sufrieron un buen susto cuando las alarmas de incendio saltaron al acordarse la imputación del banco por hechos presuntamente delictivos acaecidos años atrás en la sociedad absorbida, Banco Popular.
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Publicado en El Confidencial